Julio es el mes del pago de las gratificaciones por Fiestas Patrias. Tienen derecho a percibir este pago los trabajadores de la actividad privada.
Se acercan las celebraciones por Fiestas Patrias de mitad de año y con ello el depósito del pago de la gratificación, que los trabajadores esperan para poder realizar varios gastos. Las empresas tienen plazo hasta el 15 de julio para cumplir con este desembolso para lo cual sería bueno conocer a cuánto asciende y quiénes tienen derecho a este beneficio.
Condiciones y monto
Para recibir este beneficio, el trabajador debe encontrarse laborando en el mes de pago (julio 2017), o en todo caso encontrarse de vacaciones, de licencia con goce de remuneraciones, con descanso médico por enfermedad, accidente o maternidad. Sin embargo, no todos los trabajadores recibirán la misma cantidad.
Al respecto, el especialista indicó que la gratificación equivale al sueldo que uno viene percibiendo al 30 de junio de este año. "En general, si una persona ha trabajado durante seis meses (periodo enero - junio) tendrá derecho a recibir un sueldo completo. Pero si, por ejemplo, gano 2 mil soles y empecé a trabajar en el mes de abril, la gratificación se paga en forma proporcional a estos seis meses. O sea percibiré la mitad de un sueldo porque solo trabajé tres meses.
¿Habrá descuentos?
Indicó que siempre la cantidad de dinero se saca en proporción a los meses comprendidos entre enero y junio. "Si entré a trabajar en mayo, solo recibiré dos sextos de la gratificación por haber trabajado dos meses". Por otro lado señaló que el plazo del pago no es prorrogable nisiquiera por mutuo acuerdo. Finalmente, sostuvo que la gratificación de julio no está sujeta a descuentos por AFP u ONP. "Tampoco paga contribución a EsSalud. Lo que sí afecta es al descuento al impuesto a la renta, o que pueda estar sujeta a descuento en caso un trabajador tenga una retención judicial o por un préstamo de la empresa".
Elaborado por: CPC Miguel A. Felipe Lecca
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